NUEVA NORMATIVA 2022 PARA SOCORRISTAS EN LA CAM
NUEVA
NORMATIVA 2022 PARA SOCORRISTAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID
- Introducción a la normativa 2022 de la CAM sobre socorristas
- ¿QUE ofrece este artículo sobre la NORMATIVA socorristas CM?
- MODIFICACIONES A LA ANTERIOR LEGISLACION COMUNITARIA
- ¿Qué pasa con los socorristas que tengan titulación en base a la antigua normativa?
- Comentarios finales
1- Introducción a la normativa 2022 de la CAM sobre socorristas.
Como les hemos ido avisando desde que nos llegó conocimiento a todos nuestros alumnos y seguidores HA HABIDO GRANDES CAMBIOS EN LA NORMATIVA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El 19 de octubre de 2021, fue publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la orden 1239/21, por la que se estipula la nueva normativa para conseguir la titulación de socorrista acuático en la Comunidad de Madrid.
Para muchos extranjeros que no conocen la legislación en España, que no es EEUU, ni otros países de Europa, ya que hay muchos que se empeñan en comparar o hacer comentarios de cómo es en otras legislaciones; En España, hay competencias legislativas que se dan a las Comunidades Autónomas, esta normativa para la obtención de titulación de socorrista acuático (orden de la CAM 1239/21) es una de esas competencias trasladadas a la CAM.
Esto quiere decir que en cada Comunidad Autónoma de España, hay una legislación diferente sobre el tema de socorristas y la formación que deben tener o cómo la han de obtener. Aunque tienen bases y en conjunto son muy muy parecidas, se diferencian sobre todo en el ámbito(área) de la aplicación . Con sus correspondientes homologaciones o validaciones, por organismos oficiales de cada comunidad autónoma.
Además , ha de tenerse en cuenta que no es lo mismo un socorrista de playa o entorno costero, otro de espacios naturales, y uno de piscina. Se manejan elementos y tienen casuística diferentes. Habrá formaciones más adaptadas a socorrista de piscina o de playa, o de espacios naturales. Pero no nos cabe duda de que sobre todo, esta nueva normativa, trata de proteger la formación de salvamento y socorrismo dentro de la CAM, es decir, los cursos impartidos en la CAM por empresas certificadas en la CAM, más que una actualización en conocimientos o capacidades y un método correcto de renovación de la titulación.
ESTA NUEVA NORMATIVA de la CAM HA SIDO MUY PERJUDICIAL PARA NUESTRA ORGANIZACION Y SUS CIRCUNSTANCIAS; PERO NO PODEMOS NEGAR LA REALIDAD. ESTA REALIDAD ES LA NUEVA NORMATIVA PARA PROFESIONALES SOCORRISTAS en la CAM en el año 2022. Y POR ESO VAMOS A EXPLICARLES
2- ¿Qué ofrece este artículo sobre la NORMATIVA socorristas CM?
Ofrecemos información. Para informarte has de LEER.
Puedes hacer dos cosas, pero las dos implican LEER, para informarte:
A - DESCARGAR ENLACE SIGUIENTE ORDEN 1239/21(PDF) y leerlo:
BOLETIN COMUNIDAD MADRID Nº 248 ORDEN 1239/21 NORMATIVA SOCORRISTA
B- LEER NUESTRO RESUMEN SIGUENTE :
¿QUE DICE LA ORDEN 1239/21 de la CM sobre formación de los socorristas?
En esta nueva normativa de la Comunidad de Madrid hay restricciones importantes que van a limitar el acceso a socorristas sobre todo extranjeros y de otras comunidades. Pueden descargarlo y leerlo, o pueden leer esto como resumen y simplificado.
3-MODIFICACIONES A LA ANTERIOR LEGISLACION COMUNITARIA
Entre las principales modificaciones respecto a la normativa inicial sobre este asunto, que fue publicada hace más de 15 años, encontramos lo siguiente:
Desaparece el Registro Profesional de socorristas acuáticos que estaba ubicado en la calle Aduana, 29 de Madrid.
No se realizarán homologaciones de títulos extranjeros ni de otras comunidades autónomas españolas.
Es decir: La CAM restringe el trabajo de socorrista únicamente a los que han obtenido el título en la Comunidad Autónoma Madrid (CM o CAM) por escuelas certificadas en la CAM y otras titulaciones que engloben la formación de socorrista.
- Una vez conseguido el título en una de las escuelas que tengan su programa formativo aprobado por la Comunidad de Madrid, como el la escuela BALNEAGUAFORMACION, con la que colaboramos, no será necesario esperar para poder trabajar. Directamente con la titulación o diploma dado por dicha escuela, registrada en la CAM, se podrá comenzar una relación laboral con empresas de gestión de socorristas y trabajar como socorrista acuático en la Comunidad de Madrid o en donde quieras de España que no tengas restricciones.
No serán válidas aquellas titulaciones que no se hayan obtenido mediante curso presencial dentro del territorio de la Comunidad de Madrid, con la excepción de:
Títulos oficiales que incluyan salvamento y socorrismo (como por ejemplo TAFAD) o
certificados de formación de profesionalidad. También se puede homologar la titulación a través del SEPE con un Certificado de profesionalidad, aportando la formación y la experiencia como socorrista por 2000 horas en cualquier otra Comunidad Autónoma.
Puedes obtener más información para casos de acreditación en:
A- DESCARGAR Documento explicativo de acreditación
Y a nivel nacional, en España tenemos el SEPE (SErvicio Público Empleo)
B- DESCARGAR DOCUMENTO del SEPE explicativo de CERTIFICACION
https://www.sepe.es/HomeSepe/…/certifica-tu-experiencia-laboral.html
Ambos procesos de certificación son largos y tediosos, a la espera de aprobaciones de funcionarios. Pero POSIBLES Y APLICABLES par los que tienen ya dos años trabajando como profesionales.
Una vez se obtenga la nueva titulación, no será necesario realizar los reciclajes que con la anterior normativa se tenían que hacer cada dos años y tampoco habrá que volver a registrarlo en la Comunidad de Madrid. Directamente tendrá una validez indefinida, sin ningún tipo de caducidad.
(Esto es una de las partes de la norma que se entiende menos, ya que nuestro punto de vista es que un socorrista ha de estar formado intelectual y físicamente para realizar su trabajo de forma constante, y son necesarios los cursos de reciclaje y verificación de capacidades o enseñanza de nuevas técnicas.)
4 ¿Qué pasa con los socorristas que tenga titulación en base a la antigua normativa?
Los socorristas que tengan la titulación en base a la anterior normativa, tendrán el título vigente hasta la fecha que les consta en el resguardo o registro de socorrista que tengan de la Comunidad de Madrid, perdiendo su validez pasada esa fecha.
Una vez haya pasado esa fecha tendrán que volver a hacer un curso completo de socorrista acuático, con el temario y escuelas acreditadas según la nueva normativa y siempre dentro del territorio de la Comunidad de Madrid.
Se ha publicado el 30 de noviembre de 2021 una prórroga que afecta a las BOLETIN COMUNIDAD MADRID N285 orden 1239/21 DISPOSICIONES SANIDAD titulaciones que acaben su registro entre el 18 de octubre de 2021 y el 19 de abril de 2022.
En caso de que el registro les venza dentro de ese periodo automáticamente se prorrogará durante un año, es decir, si por ejemplo le vence el 20 de diciembre de 2021 podrán seguir trabajando como socorrista hasta el 20 de diciembre de 2022, pero después, para próximas temporadas, tendrán que realizar el curso completo de socorrista en base a la nueva normativa y después no tendrás que hacer ningún reciclaje nunca más.
Si en estos momentos estás trabajando en la CAM y quieres seguir, te conviene realizar el curso en la comunidad de Madrid, nada más terminar la temporada de verano.
AQUI YA TIENE TODAS LAS EXPLICACIONES DE POR QUÉ NO HA PODIDO TRABAJAR de socorrista esta temporada verano 2022, EN LA COMUNIDAD DE MADRID. si obtuvo el certificado en otras comunidades o en el extranjero y no han hecho el correspondiente curso aquí en Madrid según lo que dicta la normativa 1239/21 de la consejería de Sanidad . ES RESPONSABILIDAD SUYA HABER SEGUIDO NUESTRAS INDICACIONES Y ORIENTACION EN CUANTO A CERTIFICACION Y TITULACION .
Deben comprobar la vigencia de su registro si han sido socorristas anteriormente y si no cumplen los requisitos, hagan cuanto antes el curso completo en una escuela de la CAM con el programa formativo adecuado a la nueva normativa en vigor .
5- comentarios finales
Como profesionales, existen dos conceptos que deben conocer relacionados con la profesión de socorrista: La actitud, y la aptitud.
La aptitud es la capacidad del profesional de realizar su trabajo. Algunos se conforman con llegar al mínimo. Pero no es muy profesional ni competitivo, siempre se ha de aspirar a más y mejor. Y en un mundo laboral de competencia, son los mejores, y los que demuestran ser los mejores, los que obtienen los mejores puestos de trabajo.
La actitud es ese estado mental en mejorar constantemente, en ser servicial sin ser servil, en ser un profesional serio que se dedica al trabajo y a aprender, cada día a hacer mejor sus competencias.
En septiembre y los meses de otoño 2022 va a haber muchos cursos en MADRID de Salvamento y Socorrismo, para certificar a nuevos y antiguos alumnos. PARA CURSOS PODEMOS ORIENTARLES EN SU CASO, si contactan con nosotros , preferiblemente via email AQUI
ADEMÁS, nos queda el resto de España, la certificación en la CAM es válida en toda España, en principio Y FOR POOLS International S.L. Está trabajando para obtener nuevos acuerdos con empresas de otras comunidades y que ustedes puedan trabajar de forma legal en las temporadas. Y obtengan todo su beneficio de los cursos impartidos.
PERO USTEDES HAN DE PONER DE SU PARTE TAMBIEN.
SER SOCORRISTA ES UNA PROFESIÓN. USTEDES HAN DE BUSCAR SER LOS MEJORES PROFESIONALES







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